Subvenciones dirigidas al fomento de la industria 4.0 o digitalización industrial (2025)
- IAPA: 3103
- Fecha de publicación: 23 de mayo de 2025
- ¿Qué plazo tengo para solicitarlo? Desde el 24 de mayo de 2025 hasta el 23 de junio de 2025.
- ¿Quién lo puede solicitar? Empresas industriales privadas de cualquier tamaño, que estén válidamente constituidas y que cumplan los requisitos.
- ¿Para qué es la ayuda? Las actuaciones subvencionables serán los proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial, ligados al producto-proceso industrial de la empresa solicitante, que incorporen o hagan uso de las tecnologías indicadas a continuación.
- El periodo subvencionable será el comprendido entre el día siguiente a la presentación de la solicitud de subvención, 24 de mayo de 2025, hasta el 1 de julio de 2026, incluido. Actuaciones subvencionables (97 kbytes)
- Cuantía:
- La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables.
- El porcentaje de subvención concedido será el 50% de los costes considerados subvencionables, por todos los conceptos.
- Se incrementará en un 10%, lo que supondría un 60% de los costes subvencionabes, para proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento, a fecha de publicación de la convocatoria.
- La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 25% del total de la subvención concedida, no siendo, por lo tanto, admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
- Se fija un límite máximo de subvención por proyecto de 150.000€, para los gastos considerados subvencionables.
- Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 30.000€, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no superen este mínimo no serán subvencionables.