Subvenciones dirigidas al fomento de la Industria 4.0 o Digitalización Industrial 

BDNS (Identificador): 701978

FECHA DE PUBLICACIÓN:

14 de junio de 2023

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

Desde el 28 de junio de 2023 hasta el 28 de julio de 2023.

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Las actuaciones subvencionables serán los proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial, ligados al producto-proceso industrial de la empresa solicitante, que incorporen o hagan uso de las tecnologías indicadas a continuación.

El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas será desde el 1 de julio de 2022 hasta el 15 de agosto del 2024.

 Actuaciones y gastos subvencionables (110 kbytes)

CUANTÍA:

  • La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables.
  • El porcentaje de subvención concedido será el 50% de los costes considerados subvencionables, por todos los conceptos.
  • Se incrementará en un 10% para proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento, a fecha de publicación de la convocatoria, o no esté ubicado en el ámbito de un área funcional estable.
  • La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 25% del total de la subvención concedida, no siendo, por lo tanto, admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
  • Se fija un límite máximo de subvención por proyecto de 150.000€, para los gastos considerados subvencionables.
  • Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 30.000€, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no superen este mínimo no serán subvencionables.